TODO SOBRE LOS EFOS Y EDOS
Jul 23, 2025
Las operaciones simuladas y/o inexistentes por medio de venta de facturas falsas son una realidad y constituyen un delito grave para las administraciones tributarias, bajo la tipificación de evasión fiscal y de defraudación fiscal.
En el ámbito fiscal mexicano, existen dos figuras importantes que pueden tener un impacto significativo en las empresas y los contribuyentes, que son:
Empresas que facturan operaciones simuladas (EFOS), es decir, que emiten comprobantes fiscales digitales de transacciones que no existen. Su fin es obtener un porcentaje de la venta de facturas fantasma que emiten, ya que al no contar con una operación real pueden disponer de los recursos referidos a conveniencia de los que ofrecen el servicio fiscal.
Empresas que deducen operaciones simuladas (EDOS), es decir, que reciben los comprobantes fiscales digitales de los EFOS y los usan para disminuir sus ingresos y pagar menos impuestos. Es importante aclarar que existe un problema serio en este tipo de compañías, ya que no siempre se llevan a cabo las operaciones fiscales a propósito, puesto que en muchas ocasiones los acuerdos comerciales se realizan sin realizar una investigación del posible proveedor o socio fiscal.
Estos conceptos se refieren a las empresas que realizan operaciones simuladas para evadir impuestos, las cuales pueden ser objeto de revisión y auditoría por parte del SAT debido a posibles irregularidades en sus operaciones y declaraciones fiscales.
¿Cómo identificar a una EFO?
- No tiene actividad real: no tiene empleados, activos, ni oficina.
- Está en la lista negra del SAT, la cual es un listado público que incluye a personas físicas y morales que no han cumplido con sus obligaciones fiscales (Art. 69-B del Código Fiscal de la Federación).
- Emiten una cantidad de facturas tan elevada que levanta sospechas.
El SAT, EFOS Y EDOS
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) se encuentra constantemente revisando las operaciones fiscales que se llevan a cabo por las personas físicas y morales, para evitar este tipo de prácticas de operaciones simuladas por medio de venta de facturas falsas.
Las consecuencias legales y fiscales para los contribuyentes involucrados en operaciones con empresas fantasmas o transacciones simuladas son diversas. Una de las implicaciones más inmediatas es el rechazo de deducciones o ingresos falsos, lo que puede resultar en ajustes fiscales significativos.
Cuando el SAT detecta operaciones con EFOS o EDOS, inicia una revisión más profunda de los estados financieros de la empresa, lo que puede derivar en una auditoría que genere sanciones, la emisión de cartas de liquidación y la revaluación de los impuestos.
¿Cómo el SAT detecta a las EFOS y EDOS?
Entre los principales métodos se encuentran:
- El análisis de patrones de facturación
- La revisión de las declaraciones fiscales
- Cotejo de información con otras bases de datos gubernamentales y empresariales.
El artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación
Desde su reforma en 2014, el artículo 69-B permite a la autoridad fiscal presumir la inexistencia de las operaciones amparadas en los CFDIs expedidos por un contribuyente cuando:
...se detecte que este no cuenta con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente para prestar servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan los comprobantes.
Procedimiento previsto en el Art. 69-B para los EFOS
Incluye la notificación por medio del Buzón Tributario y publicación en el DOF, permitiendo al contribuyente un plazo de 15 días para desvirtuar la presunción. Puede solicitarse prórroga de 5 días.
La autoridad tiene 50 días para valorar las pruebas y emitir una resolución definitiva, misma que también se publica. Si no se emite en ese plazo, la presunción queda sin efectos.
Procedimiento previsto en el Art. 69-B para los EDOS
Quienes hayan deducido comprobantes de EFOS deberán:
- Acreditar que adquirieron bienes o servicios reales.
- O bien, corregir su situación fiscal en 30 días tras la publicación del listado definitivo.
De lo contrario, se determinan créditos fiscales y se consideran actos simulados, con consecuencias penales y económicas.
Consecuencias y sanciones
-
Multas de entre 55% y 75% de cada CFDI deducido.
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Pérdida del crédito fiscal asociado, puesto que no es deducible.
-
Intereses, recargos, e incluso prisión de 2 a 9 años.
¿Cómo prevenir problemas con EFOS y EDOS?
- Verificación de proveedores y clientes
- Solicita su opinión de cumplimiento, constancia fiscal, y revisa su historial de cumplimiento.
- Consulta si están en la lista del artículo 69-B.
- Utiliza herramientas tecnológicas que te notifiquen de cualquier alerta, tales como Armonía Fiscal®: una solución tecnológica que concilia tus registros internos con lo que el SAT ve de ti, en tiempo real.
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- Documentación y registros precisos
- Mantén registros precisos y completos de todas las operaciones y transacciones.
- Asegúrate de que los comprobantes fiscales sean válidos y cumplan con los requisitos establecidos por el SAT.
- Utiliza sistemas de contabilidad y gestión que permitan mantener un registro preciso y actualizado de las operaciones.
- Asesoramiento fiscal profesional
Busca asesoramiento fiscal profesional para asegurarte de cumplir con las normas y regulaciones fiscales. Un asesor fiscal puede ayudarte a identificar posibles riesgos y a implementar medidas para prevenir problemas relacionados con EFOS y EDOS.
Beneficios de evitar los EFOS
Mientras que las consecuencias por relacionarte con los EFOS pueden ser trágicos para tu empresa, mantenerse alejado de acuerdos comerciales con este tipo de contribuyentes se traduce en beneficios para tu empresa.
- Orden contable y normativo: la contabilidad de tu empresa se encontrará sana y tendrá un orden adecuado para seguir creciendo de forma exponencial gracias a que tendrás en regla tus números y tus impuestos.
- Paz mental: prevendrás cualquier tipo de multa y sanción por parte del Servicio de Administración Tributaria, ya que todos los procesos serán transparentes.
- Una empresa confiable: te permitirá construir negocios con base en relaciones comerciales de confianza con clientes y proveedores, lo cual es valioso para todas las partes involucradas, lo cual se traduce en mejores oportunidades de crecimiento.
El ahorro monetario
Ahora bien, además de estos 3 grandes beneficios, seguro te estás preguntando ¿cuánto dinero me estaría ahorrando en multas al prevenir realizar operaciones con EFOS? Y para responder esta pregunta, veamos este ejemplo:
Supongamos que una empresa realiza una operación con EFOS por un monto de $100,000.00 y obtiene un comprobante fiscal que le permite deducir $30,000.00 en impuestos.
Escenario 1: Operación con EFOS
- El SAT detecta la operación con el EFOS y determina que es una operación simulada.
- La empresa es sancionada con una multa del 40% del monto de la operación, que es de $40,000.00 (40% de $100,000.00).
- Además la empresa pierde el crédito fiscal de $30,000.00 del cual se había “beneficiado” a través de la factura falsa.
- Encima de todo esto, la empresa deberá pagar intereses y recargos sobre la cantidad adeudada, que pueden llegar a ser del 20% anual.
La compra de una factura por el monto de $100,000 le costará esta empresa más de $70,000.
Escenario 2: Operación legítima
- La empresa verifica la legitimidad del proveedor y determina que no es un EFOS.
- La empresa realiza la operación con un proveedor legítimo y obtiene un comprobante fiscal válido.
- La empresa evita la multa de $40,000.00 y el pago de intereses y recargos.
- La empresa también mantiene el crédito fiscal de $30,000.00.
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Conclusión
Es fundamental que las empresas y los contribuyentes sean conscientes de las implicaciones de los EFOS y EDOS y tomen medidas para cumplir con sus obligaciones fiscales y evitar problemas legales y fiscales. La transparencia fiscal y la legitimidad de las operaciones son clave para mantener la integridad del sistema fiscal y evitar consecuencias negativas.